■ ALTERACIÓN:
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1.En sentido amplio se denomina alteraciones a los signos sostenido (#), bemol ( b ) y becuadro ( n ) y, por tanto, son notas alteradas las que llevan una de esas alteraciones.
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2.En sentido estricto, notas alteradas son sólo aquellas que se desvían de una escala concreta, propia de un sistema compositivo determinado, de modo que son alteradas en relación a esa escala y no a otra. Las alteraciones propias de una armadura no deben ser consideradas alteraciones en su sentido estricto. Por ejemplo, el do# no es una alteración en la escala de Re M y sí lo es en la de Sol M. Lo contrario de nota alterada es nota diatónica.